En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2025-08-21 11:00:00-04 | AL003AW1915841 | Sujeto Pasivo | Margarita Contreras Carvajal | El dia 11 fui citada a travez de la plataforma Teams para el dia de hoy 19 de agosto de 11:00 a 11:30, la cual nadie permitió ingresar a la reunion, espere hasta las 12:30 hrs. y no me contactaron. Solicito por favor coordinar con efectividad,. La Reunión fue recibida y aceptada. Solicito audiencia para fundamentar el rechazo de la jornada exepcional. solo con el objetivo de promover, proteger y resguardar los derechos de nuestros trabajadores. DESARROLLO: En Reunión con el coordinador Sr. Carlos Laprida, se escucha las consultas respecto de la documentación y se indica al solicitante, también se le aclaró el motivo del rechazo y se le orientó respecto de que caminos debía seguir para resolver su inconveniente. |
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2025-08-21 11:00:00-04 | AL003AW1909687 | Sujeto Pasivo | Angel Zamora | revisión de jornada excepcional rechazada siendo que se aprobaron 5 jornadas en la misma semana con la misma documentación. DESARROLLO: En Reunión con el coordinador Sr. Carlos Laprida, se escucha las consultas respecto de la documentación y se indica al solicitante se le aclaró el motivo del los rechazos y se le orientó respecto de que caminos debía seguir para resolver su inconveniente. |
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2025-08-21 10:00:00-04 | AL003AW1914270 | Sujeto Pasivo | Daniel Peralta | Solicitud de jornada rechazada controversia en el rechazo. DESAROLLO: EN REUNION CON SR. CARLOS LAPRIDA (ENCARGADO UNIDAD DE JORNADAS) se atiende al solicitante, se le aclaró el motivo del los rechazos y se le orientó respecto de que caminos debía seguir para resolver su inconveniente. |
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2025-08-20 12:00:00-04 | AL003AW1906162 | Sujeto Pasivo | Brayan Araya | se le solicita la reunion a la funcionaria margarita Lopez ya que los dictámenes 0206 2024 176 fue visado sin incluir el articulo 509 como también el expediente de la fiscalización N 0206 2023 167 no aparece en el sistema de la DT también se les solicitara ley de transparencia por ambos informes |
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2025-08-19 11:00:00-04 | AL003AW1908111 | Sujeto Pasivo | Margarita Contreras Carvajal | Jornada excepcional condominio. Se conecta Sr. Gonzalo Laprida (coordinador Inspectivo y de jornadas excepcionales y Sr. Manuel Cabezas Director Regional (s), tras media hora (11:30), solicitante no se conecta a la plataforma, sin antes verificar que se creo la Reunión para las partes incluyendo correo de la referencia de los interesados. |
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2025-08-19 10:00:00-04 | AL003AW1891317 | Sujeto Pasivo | Gabriela Díaz Marambio | Solicitamos información referida a documento Folio E54057/2025 enviado por la Contraloría Regional de Antofagasta el 03 de abril del presente año, sobre la situación de un grupo de docentes traspasados al SLEP Licancabur bajo el Artículo Trigésimo Noveno Transitorio de la Ley 21.040 y sobre todos los documentos derivados a propósito de este mismo caso, alojados tanto en la Inspección del Trabajo, oficina El Loa Calama y las consultas ingresadas a través de la plataforma de la DT de Antofagasta, ya que el martes 15 de julio nos acercamos en forma presencial a la DT de Antofagasta sin obtener nuevos antecedentes sobre nuestra situación. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Paola Salinas | |||||
Sujeto Pasivo | Doris Contreras Cutipa | |||||
Sujeto Pasivo | Rossana Chacana Canales | |||||
2025-08-14 12:00:00-04 | AL003AW1891823 | Sujeto Pasivo | Carolina Molina Villegas | No me quisieron ingresar denuncia en la Inspección Provincial del Trabajo de Calama por incumplimiento de estatuto de organización sindical. Sr. Manuel Cabezas espera en la plataforma Teams por 30 minutos sin que la solicitante se conecte y bajo este concepto se realiza la publicación y cierre en la plataforma. |
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2025-08-14 10:00:00-04 | AL003AW1909575 | Sujeto Pasivo | Juan Barrionuevo | Acto administrativo: Solicitud de Jornada Excepcional Conflicto, fueron rechazadas las presentaciones realizadas Tema abordar: criticidad de obtener resolución favorable de solicitudes mencionadas para garantizar la continuidad operativa del contrato, y asegurar la fuente laboral de más de 150 personas. DESARROLLO: La empresa informa que actualmente cuenta con 156 trabajadores provenientes de otras provincias, para quienes requiere renovar las jornadas excepcionales 14x14 y 4x3 para la faena Codelco División Gabriela Mistral, bajo el contrato N° 4600028452. Indica la empresa, que las solicitudes fueron presentadas conforme a los antecedentes disponibles al momento de su elaboración, que desconocían mucha información por lo que fueron rechazadas y que se contempla la presentación de nuevas solicitudes en función de los resultados e información entregada en la presente reunión. Como principal dificultad, se expone la imposibilidad de cargar ciertos antecedentes en el aplicativo institucional, específicamente en lo relativo a las IRL(ODI), cuyo peso excede el límite de 20 MB permitido, lo que ha generado la imposibilidad de efectuar de dichas cargas. Se aclara que respecto de las IRL (ODI), se puede adjuntar un documento por cargo, y que no será necesario incluir documentación para aquellos cargos que no cuenten con trabajadores asignados. En la actualidad, la empresa mantiene una jornada bisemanal con aproximadamente 70 trabajadores por turno. Esta situación, al no contar con la autorización de jornada excepcional, representa una complejidad operativa que afecta negativamente el desarrollo de sus funciones, lo cual ha sido expresamente comunicado por el mandante. En relación con los antecedentes relatados por la empresa, se les informa que el plazo legal para la emisión de resoluciones es de 30 días hábiles. Sin perjuicio de ello, se destaca el esfuerzo de este Servicio por reducir los tiempos de respuesta. Con base en la información de antecedentes complementarios, como la compra de pasajes aéreos y gastos de alimentación y alojamiento, que proporcionará la empresa, para una mejor resolución del caso por parte de la directora regional. Los representantes de la empresa indican que remitirán dicha información durante el transcurso de la mañana. Adicionalmente, el Sr. Juan Barrionuevo deja disponible su número de contacto (989244284) para eventuales comunicaciones. |
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Sujeto Pasivo | Hans Decap | |||||
2025-08-12 10:30:00-04 | AL003AW1908178 | Sujeto Pasivo | Gabriela Rivas | Se solicita reunión con la directora regional por una denuncia realizada el día 21 de julio del 2025 desde el sindicato de trabajadores empresa minera spence s.a por eventual vulneración de derechos fundamentales de parte de nuestro empleador y por la respuesta recibida vía correo por Agustin Campillay el día 06 de agosto 2025. Solicitantes Sindicato Spence. Gabriela Rivas; directora sindical. Rodrigo Araya; secretario del Sindicato. Viviana Ramirez Paez; Asesora de la organización sindical. Asistentes Institucionales. Directora Regional – Margarita López B. Coordinadora jurídica - Alejandra Moran Ledezma. Desarrollo de la audiencia. La organización plantea disconformidad con la forma en que se dio respuesta a consulta del estado de proceso de fiscalización DDFF , por parte de la unidad jurídica de la IPT de Antofagasta, señalado entender razones de fondo, no obstante, entienden que siendo la DT UN Servicio altamente exigido y teniendo conciencia que los tiempos de tratamiento de una denuncia de las características informadas no siempre se ajustan a lo que las organizaciones requieren , sugieren que la forma sea cercana a la dirigencia y no cause una molestia adicional. En cuanto al fondo de la denuncia, plantean que esta obedece a la instalación de caramas, esta encuentra su sustento en que han sido los propios trabajadores han levantado esta denuncia (se adjunta nomina) por lo tanto no emanada solo de la gestión sindical, sino más bien de una solicitud de las bases a la que se hace necesario responder. Que aun cuando no se pueden garantizar los resultados se hace necesaria la diligencia y gestión institucional, lo que por cierto es complejo de solicitar de la respuesta de la oficina operativa. Respuesta institucional Se advierte que en lo que respecta al correo electrónico de la oficina operativa, este se ajusta al deber de información que se debe otorgar por parte de nuestro Servicio, no obstante, en lo relativo al ultimo párrafo de dicho instrumento se acoge lo plateado por la organización, en cuanto al debido cuidado en la forma de exponer la situación institucional sobre la obligación que como Servicio se tiene y que se debe gestionar con la comunidad laboral. Se compromete la directora a generar una bajada institucional en post de readecuar la forma de comunicación de los equipos operativos. En lo relativo, al fondo de la denuncia y sin pronunciarse de una eventual constatación, la coordinadora jurídica informa que se tomaran las medidas a fin de que sean citados a efectos de la entrevista de admisibilidad, y con aquello generar el inicio del proceso de fiscalización investigativa en la que serán revisados antecedentes documentales, entrevistas de testigos y vista en terrero a fin de verificar la eventual vulneración. la organización enviara a las casillas electrónicas de la directora y coordinadora, copia de correo electrónico y denuncia tratados en la reunión |
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2025-08-11 11:00:00-04 | AL003AW1909152 | Sujeto Pasivo | RICARDO RODRIGUEZ | PUNTOS A TRATAR: 1.- JORNADA EXCEPCIONAL 2.- OFICIO DE AUTORIZACION DE LAS JORNADAS EXCEPCION Reunión Lobby Folio AL003AW1909152 Comparecen nueve (9) Dirigentes Sindicales Eventuales presentes en los Puertos de Mejillones. Se identifican bajo firma, RUT y firma. Comparece por el Servicio, doña Margarita López B., directora regional del Trabajo y Carlos Laprida, Coordinador Inspectivo de la DRT. temática planteada: Señalan tener dudas e inquietud en los que respeta a la instrucción de la DT que informa la facultad de las direcciones regionales, referentes a trabajo portuario y procedencia con solicitudes de jornada excepcional de trabajo, en tal contexto, como organizaciones sindicales de trabajadores portuarios eventuales, les preocupa que las empresas contraten a trabajadores permanentes para labores que son propias de eventuales , y esto tenga un impacto directo en las labores de los portuarios eventuales y las organizaciones ( quorum). Desarrollo de la audiencia: Se informa que, en efecto en el mes de junio 2025 , la Dirección Nacional del Trabajo, genero instrucción interna, que se refiere a las labores portuarios, lo que tiene una incidencia en las solicitudes de jornada excepcional que la empresa pudiesen requerir, se aclara que la única diferencia dice relación con el hecho que será cada dirección regional , quienes deben evaluar con antecedentes fundados cada requerimiento, y si estamos en presencia de trabajo portuario en los términos descritos por el art. 133 del Código del Trabajo, no estamos habilitados por Ley en posición autorizar una distribución de jornada en los términos dispuestos en inciso final del art. 38 del CT , por cuanto para labor portuario existe normativa específica al respecto, ( turnos alternados). Que la facultad de contratar es propia de las empresas empresa, siendo aquello una facultad dispuesta en norma legal, con lo anterior se refiere a trabajadores eventuales y/o permanentes, por la Dirección del Trabajo, no tiene incidencia alguna en dichas decisiones. Que cada solicitud se debe evaluar en su mérito y para efectos de revisar situaciones especiales, si amerita el caso esta Dirección regional podrá fiscalizar a fin de verificar en terreno los puestos de trabajo y la procedencia legal de lo que en derecho se resuelva. |
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Sujeto Pasivo | Leonor Pulgar | |||||
Sujeto Pasivo | Nilson Flores Tapia | |||||
Sujeto Pasivo | Adrian Saez Garrido | |||||
Sujeto Pasivo | mirta Araya Daza | |||||
Sujeto Pasivo | Melissa Vega | |||||
Sujeto Pasivo | Luis Veloz | |||||
Sujeto Pasivo | Juan Miranda | |||||
2025-08-06 10:00:00-04 | AL003AW1902455 | Sujeto Pasivo | Basilio Araya | Preocupación por la respuesta en Solicitud de Jornada excepcional 7 x 7 y desaparición de solicitudes en el sistema. Favor su apoyo en dar respuesta ya que en otra solicitud de reunión NO obtuvimos respuesta. DESARROLLO: En Reunión con el coordinador Sr. Carlos Laprida, se escucha las consultas respecto de la documentación, y se indica al solicitante y se le aclaró el motivo del los rechazos y se le orientó respecto de que caminos debía seguir para resolver su inconveniente. |
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2025-07-23 12:00:00-04 | AL003AW1890177 | Sujeto Pasivo | Brayan Araya | NECESITO INFORMACION YA QUE AUN NO TENGO RESPUESTAS A MI REQUERIMIENTO, EN LA ULTIMA REUNION SOSTENIDA POR EL SEÑOR CARLOS LAPRIDA ME INDICA QUE VAN A DERIVAR LOS INFORMES A LA FISCALIA Y LUEGO QUE ABRIRAN UNA NUEVA FISCALIZACION, COSA QUE YO YA LLEVO ENFERMO Y MAS DE UN AÑO Y MEDIO FUERA DEL TRABAJO, AHORA LA SEÑORA MAGALY ROJAS NO RESPONDE A LOS CORREOS Y LA PETICION FUE APLICAR EL ARTICULO 509. SOLICITANTE NO SE CONECTA A LA AUDIENCIA. |
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2025-07-23 12:00:00-04 | AL003AW1890177 | Sujeto Pasivo | Brayan Araya | NECESITO INFORMACION YA QUE AUN NO TENGO RESPUESTAS A MI REQUERIMIENTO, EN LA ULTIMA REUNION SOSTENIDA POR EL SEÑOR CARLOS LAPRIDA ME INDICA QUE VAN A DERIVAR LOS INFORMES A LA FISCALIA Y LUEGO QUE ABRIRAN UNA NUEVA FISCALIZACION, COSA QUE YO YA LLEVO ENFERMO Y MAS DE UN AÑO Y MEDIO FUERA DEL TRABAJO, AHORA LA SEÑORA MAGALY ROJAS NO RESPONDE A LOS CORREOS Y LA PETICION FUE APLICAR EL ARTICULO 509. SOLICITANTE NO SE CONECTA A LA AUDIENCIA. |
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2025-07-23 10:00:00-04 | AL003AW1889752 | Sujeto Pasivo | Alicia Galleguillos | Solicito audiencia para plantear la situación de la jornada excepcional realizada el día 16-06-2025 por mi empresa. Según recomendación de la Administrativa de la Dirección del Trabajo y afiche instalado en la misma, realicé el trámite vía correo de la Oficina de Partes asumiendo era la vía más expedita. Al consultar por el estado al Sr. Laprida vía correo me informa que el plazo es de 15 días hábiles lo que según mi registro ya estaría en tiempo de tener alguna resolución. Al acudir hoy a consultar presencialmente me informan que son 30 día hábiles y no 15 , lo que complica en extremo mi solicitud, ya que, la operación que realiza mi empresa es en una faena minera y de no cumplir con el plazo que es el 29 de julio la vigencia de la jornada excepcional que actualmente nos ampara tendríamos que cerrar la operación con las implicancias que eso conlleva, importante de señalar , es que, esta solicitud es idéntica a la vigente (Resolución N° 3295 de fecha 29 julio 2022). Por tal motivo requiero de su ayuda para contar con la resolución antes de la fecha mencionada(29-07-2025). Alicia Galleguillos López. DESARROLLO: Solicitante consultó por un ingreso de solicitud de jornada excepcional que aun figura pendiente y que según avance de revisiones podría estar resuelta durante este viernes o la próxima semana situación que le fue informada con detalle |
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2025-07-21 11:00:00-04 | AL003AW1878010 | Sujeto Pasivo | José Barnao Astudillo | Solicita entrega documentación. Reunión Lobby Comparecen: Juan Fredes - COTRAPORCHI (Puertos Mejillones) Jose Barnao – COTRAPORCHI (Puertos Mejillones) Directora regional: Margarita López Bustamante. Coordinador Inspectivo: Carlos Laprida Ramirez Temática planteada. Los representantes de la CONTRAPORCHI, de los Puestos de Mejillones, plantan la necesidad de conocer los acenso de la instrucción contenido en Oficio Circular N° 200-228/2025 de fecha 27.06.2025, dictada por el departamento Inspectivo de la DT, la que se refiere a las solicitudes de jornadas excepcionales de empresa de muejalle, y diferencias con anterior instrucción de agosto 2024 que se refiere a las mismas empresas. Respuesta del Servicio. Que en efecto, la DT a través del Departamento de Inspectivo, emite instrucción interna referida por los solicitantes de la audiencia , esta viene en generar un solo cambio a la instrucción de agosto de 2025 , y esto radica en que se delega en los directores regionales, la facultades de pronunciarse sobre las solicitudes de jornadas a excepcionales de toda laboral que se pudiese enmarcar dentro de trabajo portuario , en los términos que esta definido por el art. 133 de CT, aclarando que esta prorrogativa define quien resuelve por delegación, más no cambia el sentido de la normativa legal, esto es que el trabajo portuario dado que tiene turnos alternados definidos por normativa especial para dicha actividad económica, se hace incompatible con un sistema excepcional de jornada autorizado por resolución fundada por la Dirección del Trabajo. Acuerdos Habiendo aclarado las dudas relativas al oficio Circular N° 200-228/2025 de fecha 27.06.2025, el Servicio a través de su Directora regional, se compromete a resolver cada presentación con ajuste al Código del Trabajo, Leyes especiales e Instrucciones de Servicio. |
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2025-07-11 11:30:00-04 | AL003AW1872255 | Sujeto Pasivo | Iván Soto | Estimada Directora Regional del Trabajo de Antofagasta, El empleador Servicios Integrales de Tránsito y Transferencias S.A. requiere conocer detalles sobre razonamiento de la entidad que usted representa para el rechazo de las solicitudes de jornada excepcional presentadas por esta parte. En particular, sobre las resoluciones N°748 y 749, ambas de fecha 18 de marzo de 2025. Se hace presente que esta parte ya tuvo una reunión al respecto, donde se dio a conocer la Circular N°1388-145-2024. En dicha instancia se conversó fijar una nueva reunión para entender razonamiento de la entidad a partir de lo indicado por dicho acto administrativo. el solicitante quería aclarar dudas sobre la Circular N°2000-145/2024 la cual se encuentra derogada a contar del 27/06/2025 fecha en la cual entra en vigencia Circular N°2000-228/2025, en virtud de lo mismo, se le remite copia de la circular vigente para que se interiorices de lo que se mandata en ella. |
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Sujeto Pasivo | Juan Reus | |||||
2025-07-10 10:00:00-04 | AL003AW1878215 | Sujeto Pasivo | Ivette Gareca | Contrato colectivo 2025 con la actuación del ministro de fe y mediador de la dirección del trabajo debido al incumplimiento y desconocimiento de la fecha de pago del término de conflicto (Asignación de colación extraordinaria). DESARROLLO: En marco de reunión solicitada a través de Ley Lobby N° AL003AW1878215 , realizada el pasado 10.07.2025, el Sindicato de Profesores de la Corporación Municipal de Desarrollo Social, plantea situación de eventual incumplimiento de instrumento colectivo que se suscribió en el marco de negociación colectiva finalizada en el mes de mayo 2025, al respecto y luego de exponer la organización, se informa que se ingreso denuncia a través de casilla electrónica upartes@antofagasta.cl , para su correspondiente tramitación. En el contexto, ante lo indicado se procede a cerrar dicha audiencia con el compromiso de revisar con vuestra oficina el ingreso de la denuncia indicada, así como también iniciar la misma con prontitud y finalmente que será la IPT de Antofagasta, quien dando cumplimiento al principio de bilateralidad se comunicará con organización sindical a efectos |
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Sujeto Pasivo | jenifer cuevas | |||||
Sujeto Pasivo | Leonardo Foncea Ramírez | |||||
2025-06-30 10:30:00-04 | AL003AW1871737 | Sujeto Pasivo | Brayan Araya | Necesito saber por que no se aplicaron las multas en la fiscalización N:167 del año 2023 y también en la fiscalización N 176 DEL AÑO 2024 también quiero saber por que en el informe de exposición no se habla de la ley 509 del código del trabajo y solo se les adjunto el sumario sanitario de la seremi de salud por mi enfermedad siendo que entregar información falsa como el periodo de la realización de los examenes no es como lo menciona la empresa y en conclusión por que si no es por la seremi de salud esta institución no puedo constatar prácticamente nada, Desarrollo: en virtud de asignación de lobby indicado en antecedentes, se sostuvo reunión teams con el solicitante Brayan Araya, quien requirió la revisión de los informes de fiscalización N°0206/2023/167 y 0206/2024/176 debido a que en ninguno se constata infracción de las materias denunciadas pese a que la seremi de salud practicó sumario sanitario por dichas materias, además hace presente que hoy se encuentra en un delicado estado de salud producto de posibles incumplimientos en ,materia de higiene y seguridad por parte de su empleador de ese entonces. Al respecto esta coordinación generará un correo a la IPT de Antofagasta para que la unidad de fiscalización revise tales informes y responda respecto de lo requerido. |
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2025-06-30 09:30:00-04 | AL003AW1845065 | Sujeto Pasivo | Patricio Tapia Laza | FISCALIZACION INGRESADA: 19 DE FEB 2025. DENUNCIA VULNERACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES POR SISTEMA DE VIGILANCIA IMPLEMENTADO POR LA EMPRESA (DSS). 18 DE DIC 2024. DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE INVESTIGACION POR ACOSO LABORAL EN PERJUICIO DE NUESTRO SOCIO ALEJANDRO MONDACA ALLENDE. 30 DE ENE 2025. REPOSICION DE LA DECISION ADOPTADA EN EL ORDINARIO N° 201-959 / 2025 DE LA INSPECTORA PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA. DESARROLLO: La organización plantea, que desea incorporar nuevos antecedentes relacionados a fiscalización de DDFF relativa a cámaras de seguridad instaladas en los camiones en que labra los trabajadores, indicando que existieron vicios de parte de la fiscalización dado que han presentado notas a la oficina operativa que no habrían sido consideradas. Al respecto se indica que se revisara con la oficina operativa la pertinencia de lo expuesto y ser revisara lo que corresponda en turno a incorporar antecedentes, lo que mientras el proceso no se encuentre cerrado pueden ser incorporado. En la misma línea, plantea disconformidad en relación proceso de Ley Karin, de trabajador socio de dicha organización, se informa que toda actuación de la DT y las conclusiones de los procesos se dan en el marco de los antecedentes que se pueden verificar en el proceso, en tal contexto nos comprometemos como servicio a revisar el proceso en el marco de conocer si el mismo se ajusta a las instrucciones del Servicio. La organización hace entre de las notas presentadas el 09 y 22 de mayo, dado que con esta fecha presentara una nueva nota que contiene antecedentes nuevos. |
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Sujeto Pasivo | Marcos López Pérez | |||||
Sujeto Pasivo | Juan Rivas | |||||
Sujeto Pasivo | Marco Antonio Tapia Vergara | |||||
2025-06-24 10:00:00-04 | AL003AW1872648 | Sujeto Pasivo | JORGE EUGENIO ALFARO MALUENDA | Presentaciones que se realizaron para pronunciamiento e investigación por falsificación de firmas. DESARROLLO: La organización sindical, se presenta a requerimiento de la Directora regional, oportunidad en la cual se informa de los resultados de fiscalización investigativa, relativa a solicitudes de jornadas excepcionales que fueran aprobadas sin el acuerdo de la organización sindical, el tal contexto, esta Dirección Regional procederá a dejar sin efecto a través de revocación las correspondes jornadas excepcionales. Por lo cual, era de suma importancia plantar el impacto de la notificación que se realizara. La organización indica estar en conocimiento y que a pesar de haber mantenido conversaciones con la empresa no han logrado llegar a un acuerdo. Por ultimo se informa que la DT es también un agente de facilitador al dialogo, por lo cual en caso de ser solicitado podríamos llamar a mediación de características voluntaria. |
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Sujeto Pasivo | Alfonso Vergara Navarro | |||||
Sujeto Pasivo | Alfreso Armando Navarrete Arriagada | |||||
2025-06-23 12:00:00-04 | AL003AW1869615 | Sujeto Pasivo | MARCIA MAMANI | Por medio de la presente, solicito formalmente una audiencia con el fin de exponer antecedentes que respalden una petición de excepción respecto al proceso de revisión y aprobación de jornadas excepcionales, si bien fueron rechazadas en su momento, se Considerando la naturaleza particular de nuestras operaciones y las circunstancias que las justifican, creemos necesario plantear directamente nuestra situación para su evaluación especial. Desarrollo En representación de la dirección del trabajo, don Gonzalo Laprida, coordinador inspectivo indica: respecto de este requerimiento se explicó la existencia de nuevas instrucciones y precisiones respecto de materias tales como lugar en donde prestaran servicios los conductores o choferes también se esturdirá la posibilidad de revisar los nuevos expedientes presentados dado esta nuevas presentaciones son a raíz de rechazos que identifican un criterio con el cual se había aprobado otra solicitud en igual condición, la respuesta a la solicitud se hará por correo a la requirente. |
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Sujeto Pasivo | MARIA EUGENIA RIOS | |||||
2025-06-11 11:00:00-04 | AL003AW1859765 | Sujeto Pasivo | Carol Edith Castillo Gómez | Solicito apelación de vigencia de Resoluciones 1302, 1303, 1304, 1305 , por extensión y solicitud de renovación de Jornadas excepcionales de jornada 7x7; jornada 4x3, jornada 7x7; 8x6 y jornada 8x6 que se encuentra solicitada el día 12-03-2025, con último levantamiento por rechazos de resoluciones 878, 879, 880 y 881, enviados al correo de Upartesantofagasta el día 14-05-2025. Desarrollo: En audiencia teams, se le da a conocer la orden de servicio N° 1388-16 de mayo 2024 y normativa que rige la solicitud de jornadas excepcionales y renovaciones, por lo que su solicitud es enviable debido a los plazos de dichas resoluciones son extemporáneos. Sin perjuicio de lo informado, representante legal declara conocer los plazos y normativas vigentes. |
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Sujeto Pasivo | Antonio Carrasco Romero | |||||
2025-06-06 13:00:00-04 | AL003AW1858784 | Sujeto Pasivo | Ester Salvatierra Alvarez | Estimada, buenas tardes, junto con saludar, por favor necesito de su atención, en cuanto a la tramitación de un jornada excepcional: Informo que, con fecha 26/05/2025 nos notifican el rechazo de la solicitud mediante Resolución N° 1006 , la cual indica que respecto a la descripción del puesto de trabajo de “ Chofer de servicio” se enmarca en el Art-25 del código del trabajo. Sin embargo, los choferes internos sólo cumplirán labores internas ( traslado del personal a las áreas de trabajo y al casino) dentro del contrato “SERVICIO DE OBRAS MENORES E INDUSTRIALES AL LLAMADO, en Minera SCM El Abra. Dicha solcitud fue tramitada por correo, con fecha 21/04/2025, ya que, la plataforma en linea no tiene la opcion de jornada excepcional 4x3 dentro del radio urbano. Por ultimo, con fecha 27/05/25 se envía un nuevo correo a la Oficina de Partes de Antofagasta, adjuntando ( rechazo anterior) • Formulario 35-1, donde se corrige el puesto de trabajo “ Chofer de servicio” . • Nuevo Comprobante de deposito y Resolución N° 1006 . Sin embargo, me indican que debo esperar 30 días hábiles mas por la respuesta, lo cual nos COMPLICA MUCHO, por el tiempo ya transcurrido y por los compromisos con la empresa mandante de El Abra y por supuesto con los trabajadores quienes están esperando poder aplicar la jornada excepcional 4x3. AGRADECERIA POR FAVOR, REDUCIR EL PLAZO DE RESPUESTA, ya que, en oportunidades anteriores la dirección del Trabajo respondía en un plazo de 5 o 10 días, tramitado como “rechazo anterior”, corrigiendo y autorizando la jornada respectiva. DESARROLLO: En Reunión con el Sr. Gonzalo Laprida. Por lo expuesto por la representante de la empresa es la ´posibilidad de agilizar su solicitud presentada con fecha 28/05/2025 debido a que dicha presentación obedece a un rechazo anterior que solo le cuestionó un puesto de trabajo el cual corrigieron en el envío ya indicado, al respecto quede en revisar la situación en conjunto con la directora regional, para responder si es posible o no acelerar la revisión y la respectiva resolución por las razones que la recurrente indica en correo original. |
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2025-06-03 12:00:00-04 | AL003AW1854893 | Sujeto Pasivo | Juan Reus | Quisiera agendar una reunión con Ud., a fin de conocer en detalle los fundamentos de la Resolución N°748 de fecha 18 de marzo de 2025 y de la Resolución N°749 de fecha 18 de marzo de 2025, ambas dictadas por Ud., que rechazan solicitudes de jornadas excepcionales solicitadas por esta parte. En particular, ambas resoluciones indican que "No se ha probado la imposibilidad de aplicar otro tipo de jornadas, dado que las labores portuarias por las cuales se realiza la solicitud se encuentran reguladas en el artículo 137, letra b) del Código del Trabajo, en el reglamento sobre trabajo portuario del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y en la Resolución Exenta N° 2.065, de 2017 (SCCNLP) de la Dirección del Trabajo." Esta parte quisiera conversar con Ud. el fondo de este pronunciamiento, a fin de entender de mejor manera porque la entidad que Ud. representa cambió el criterio para resolver las solicitudes de mi representada, que datan al menos desde 2014. Espero conversar con Ud. lo antes que se pueda. DESARROLLO Comparece Sr. Juan Reus Cordero, abogado de la empresa solicitante, quien ratifica el planteamiento motivo de la audiencia, en el mismo sentido requiere conoce a que obedece el cambio de criterio que motiva el rechazo de las solicitudes de la empresa jornada excepcional. Respuesta Institucional Comparece: Directora regional del Trabajo Sra. Margarita López B. Coordinador inspector Sr. Carlos Laprida. Desarrollo: Se informa que la partir de la entrada en de la denominada Ley de 40 horas, el reglamento emitido por Ministerio Publico, así como en la circular institucional que informa la limitante de emitir resoluciones a la empresa Muellaje y lo concerniente a los puestos portuarios, el fundamento de rechazo se encuentra en dicho marco legal y la imposibilidad de aprobar solicitudes que se alejen de dicho marco legal. Acuerdo: El representante de la empresa expone que no era de su conocimiento la circular que se refiere a las empresas de Muejalles y trabajos portuarios, en tal contexto agradece lo informado y señala que revisara tal antecedente para luego formular un nuevo requerimiento si es necesario ya sea de jornada excepcional y/o reunión Lobby. |
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2025-06-03 11:00:00-04 | AL003AW1852216 | Sujeto Pasivo | Margareth Gutiérrez | Junto con saludar, solicitamos su gentil apoyo respecto a la solicitud de Jornada Excepcional ingresada originalmente con fecha 25/04/2025, la cual fue rechazada debido a que el cargo de "Conductor" fue considerado demasiado genérico. El día 15 de mayo se ingresó nuevamente la solicitud, actualmente en estado “Ingresada”. En esta nueva presentación, ya se eliminó el cargo observado, tal como fue requerido. El motivo principal de esta reunión es la urgencia en la aprobación de la resolución correspondiente, ya que, de no concretarse antes del viernes 30/01/2025, el contrato comercial que actualmente mantenemos vigente con Minera Spence será dado de baja directamente por el mandante. Agradecemos desde ya su comprensión y pronta gestión ante esta situación crítica para la continuidad de nuestras operaciones. DESARROLLO: - Comparece jefa de recursos humanos de la empresa solicitante Sra. Margareth Gutiérrez, quien ratifica la información expuesta en la solicitud de la presente audiencia, enfatizando la necesidad de obtener un pronto pronunciamiento del resultado de la solicitud sobre la base de no perder contrato comercial con la mandante y que aquello signifique el termino de relación laboral de los trabajadores que estarían contratados para contrato. Se reconoce que la solicitud tiene menos de una semana presentada y a su vez informan conocer que esta es una petición excepcional ya que los plazos son de 30 días hábiles. Respuesta de la Institución. Comparece la directora regional del Trabajo, Sra. Margarita López B., quien contextualiza, la petición informando que la región es la que sostiene una la gran cantidad de solicitudes del país, que requerimientos como los que expone la empresa , resultan más habituales de lo que se conoce , así mismo se informa que por transparencia y respetando las fechas de presentación , la petición formulada debe ser organizada en los tiempos de presentación, no obstante y desde la implementación del sistema online de requerimientos de jornada excepcional , los plazos que maneja la región son inferiores a 30 días , ya que el sistema es ágil y esto ha implicado una mejor gestión de los tiempos, en tal contexto, la solicitud eventualmente estaría pronto a ser emitida, siempre respetando la oportunidad en que se presentó. Acuerdo- conclusión. Se indica y sugiere estar revisando la casilla electrónica por cuanto desde la fecha que se prestó la solicitud esto es 15 de mayo del corriente, deberá adicional 15 días hábiles oportunidad en la que estará resulta la petición. |
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2025-05-28 10:00:00-04 | AL003AW1837801 | Sujeto Pasivo | Karlfranz KOEHLER | Luego de haber recibido el proyecto de contrato colectivo del Sindicato de Trabajadores de Empresa Metso Pilotaje de Minera Escondida Ltda., solicitamos audiencia para exponer antecedentes relevantes sobre la improcedencia de la pretendida negociación colectiva, en atención al incumplimiento del quórum mínimo exigido por el artículo 227 del Código del Trabajo, tanto al momento de su constitución como en la actualidad. La empresa ha detectado que el sindicato en cuestión no cumple con el mínimo legal del 30% de afiliación respecto de la dotación total del establecimiento. Asimismo, no consta que la organización haya subsanado esta situación dentro del plazo legal ni que haya deducido reclamación judicial. Presentación: La empresa Se manifiesta la preocupación por la cantidad de organizaciones sindicales que últimamente se han constituido en la empresa, y ene se contexto la organización sindical del establecimiento de Minera escondida , sin el quorum que la Ley establece, y aun ser contar con las observaciones de la dirección del trabajo , inicia proceso de negociación colectiva, que nace a la vida jurídica viciado y podría tener efectos como negociar y obtener un instrumento colectivo nulo, de ahí que indican haber requerido ante este Servicio una solicitud de disolución de la organización y se requiere en definitiva premura en su resolución. Directora Se informa, que respecto de la las organizaciones la libertad sindical permite la constitución de la mismas y la autonomía sindical es una garantía que la Dirección del Trabajo respecta en tal contexto no procede emitir un pronunciamiento distinto a lo que la norma nos faculta que en este caso responde a las observaciones de verificar la existencia de los requisitos legales que otorgar personalidad jurídica, en este contexto , la organización fue observada por este Servicio y actualmente existe reclamación judicial, por lo que las alegaciones y solicitudes de suspensión de proceso negocial este debe generarse a través de se judicial, dado que la jurisprudencia administrativa señala que no existe impedimento para que puedan negocial. Conclusión El Servicio dará tramite a las presentaciones que se hayan presentado todo ajustado a la jurisprudencia de la Dirección del Trabajo. Y la empresa indica que revisara que acciones realizar en el marco de instar a suspender el proceso de negociación sindical. |
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Sujeto Pasivo | Rodrigo Sanhueza | |||||
Sujeto Pasivo | Augusto Avilés | |||||
Sujeto Pasivo | Francisca VIVALDI | |||||
Sujeto Pasivo | Teresita Alejandra Carrasco Escalona | |||||
2025-05-08 10:30:00-04 | AL003AW1827273 | Sujeto Pasivo | Janett Jacqueline Luttino Rojas | Aplicación e impacto de la ley 21015- 21690 en la Región de Antofagasta, soy profesional que se encuentra realizando investigación de doctorado en Universidad Española, respecto a la aplicación de la referida ley, además poseo discapacidad visual severa, por lo cual me impacta directamente la aplicación de la misma. Solicitantes no se presentan a la audiencia. |
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Sujeto Pasivo | Emilio Hormazábal | |||||
2025-05-07 10:30:00-04 | AL003AW1834379 | Sujeto Pasivo | Gregorio Martini | 1. Presentación oficial de Gerente de Relaciones Laborales de Spence | BHP 2. Clarificación de resolución de rechazo sobre jornadas excepcionales Planteamiento: Se presenta el nuevo gerente general de la requirente, quien expone que dentro de sus gestiones esta tomar contacto con distintas autoridades regionales con la deberá relacionares en el marco de su gestión e interacción en materia laboral. Asimismo, interviene gerente de recursos humanos, quien expone situación de rechazo de solicitudes de jornadas excepcional, indicando que hay una disparidad en los criterios que sustentan tal decisión, todo por parte de la DT, requiriendo se revisen 6 resoluciones de rechazo, dado que se han entrevistado con distintos funcionarios de esta Repetición quienes no han otorgado información poco clara en cuanto a la orientación de posteriores solicitudes. Desarrollo de la Dirección del Trabajo. En cuanto a la intervención del gerente de la empresa, se informan las competencias de este Servicio, enfatizando en la misión y visión, la que se materializan a través de las diversas actuaciones institucionales, tales como fiscalización, negociaciones colectivas y otras, enfatizando en el rol de facilitador de dialogo entre los actores labores. En relación a la solicitud de revisión de jornadas, se informa que l región de Antofagasta revisa una gran cantidad de solicitud a la fecha más de 12.000, por lo anterior podría existir algún equivoco al momento de revisar y analizar antecedentes, sin embargo, dada la generalidad del planteamiento, se sugiere se reenvié correo que contengan antecedentes que permitan comprensión de una posible equivocación, ahora bien se indica que la normativa legal, claramente informe cuales son los recursos administrativos los que podría someterse una decisión ( resolución con la que no se este de acuerdo) Se genera acuerdo y compromiso de revisar las solicitudes y resoluciones a que se refiere y otorgar respuesta a través de coordinador de atención de usuarios. |
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Sujeto Pasivo | Solange Medina | |||||
Sujeto Pasivo | Javier Santibáñez | |||||
Sujeto Pasivo | Ann Chang | |||||
2025-05-05 10:00:00-04 | AL003AW1834675 | Sujeto Pasivo | Danilca Vicelja | Dudas respecto de jornadas excepcionales. Empresa Ferrocarril . Plantea que es una empresa declarada como empleador único, en tal contexto, tiene relación con varias organizaciones sindicales , entre las que se encuentra Sindicato Train , quienes han manifestado una irregularidad relacionada a las solicitudes de jornada excepcional requeridas a la Dirección regional del Trabajo , específicamente, no contar con el acuerdo de l organización , dado que el acuerdo presentado a este Servicio tenia firmas digitales que fueron incorporadas a un documento simulando acuerdo de dicha organización. Que ellos como empresa han tomadas las medidas en relación a los hechos denunciado inclusive la correspondiente denuncia ante el Ministerio publico. Estos graves hechos se encuentran en contra sentido a la ética de la empresa , sin embargo , y a pesar que mantener conversaciones con las organizaciones sindicales, a fin de llegar a un acuerdo este no avanza y mantiene una situación de posible conflictividad en torno a la jornada. Directora. En lo que respecta a los hechos informados se indica que en el evento de haberse autorizado una jornada con defraudación , esto conlleva la revocación de la misma , previa fiscalización que de cuenta de dichos hechos, lo que ya se encuentra activado y proceso por parte de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta. En cuanto a las conversaciones que mantiene con la organización sindical y el poco avance para lograra una acuerdo , la suscrita informa que como servicio y facilitadores del dialogo podemos intervenir en el marco de mediación de carácter voluntaria , para lo anterior es necesario la petición de una de la partes, a lo que empresa señala que será solicitado y se acuerda dar premura a la asignación de citación. |
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Sujeto Pasivo | Hernán Apablaza | |||||
2025-04-28 11:00:00-04 | AL003AW1811847 | Sujeto Pasivo | Cristóbal Torrealba | Problema con plataforma para requerir autorización de Jornada Excepcional. Empresa tiene trabajadores de dos razones sociales, multi rut y pactado en contrato colectivo ,pero sistema rechaza posibilidad de ingresar la solicitud al detectar que no hay sindicato asociado a dcho rut. DESARROLLO: Ley Lobby AL003AW del 28 de abril del 2025, 11 horas Comparecen don Luis Alviña Quiroga, Rut 9044736-k (tesorero), don Marcelo Liberona Salinas Rut 11615763-2 (Secretario) y don Luis Ossandón Fernández Rut 12217522-7, todos pertenecientes al Sindicato de Trabajadores Avant Industrial Establecimiento Minera Escondida, RSU 02011415, correo electrónico de la organización sindicatoavantmineraescondida@gmail.com, quienes exponen lo siguiente. Que con fecha 13/12/2024 constituyeron Sindicato con un total de 29 socios, los que actualmente suman un total de 105. Que presentados los estatutos, estos no presentaron observaciones a la constitución los que les permitió efectuar tramites en SII, Banco y otras instituciones. Que la entidad empleadora los llamo a negociar en el mes de enero del 2025, proceso de negociación que se encuentra en etapa de termino. Que, en el 14 del mes de marzo del 2025, fueron notificados de las observaciones formuladas a la constitución de fecha 13/12/2024, por falta de quorum, hecho constatado por medio de proceso de fiscalización, del cual no tienen registro, ya que según indican no existe registro de que este servicio se hubiera constituido en terreno a verificar quorum de constitución de la referida organización sindical, lo que implica la perdida de la personalidad jurídica de la organización sindical, en el acto del 14 de marzo, se les recomienda efectuar nuevo acto constituyente, ante lo cual en entrevista con la funcionaria Gloria Quian, esta les habría negado la entrega de hora para dicha constitución, junto con requerirles el texto de los estatutos por correo electrónico, siendo que poseía copia. Que con fecha 21 de marzo del 2025, remiten carta ante el Director Nacional, exponiendo la situación antes descrita. Que producto de esta situación efectúan viaje a la Dirección Nacional del Trabajo, donde sostienen reunión con don Luis Villazón, cuyos resultados dicen relación con que esta situaciones debe exponer localmente, adicionalmente solicitan certificado de vigencia el cual es extendido sin inconvenientes. Que la empresa por medio del Sub-Gerente de Relaciones laborales, solicita pronunciamiento de esta Servicio a la Inspectora Comunal del Trabajo de Santiago Poniente. Que por este acto la directiva solicita la revocación del acto administrativo que les impone, para no tener que recurrir ante tribunales a presentar su caso. Que de parte de este Servicio, se les informa que la información de la constitución debe ser solicitada así como los demás antecedentes necesarios de acuerdo con las consideraciones que señalaron en la reunión de esta fecha, que eventualmente se efectuaría reunión para dar a conocer los resultados de su solicitud así como de los alcances del levantamiento efectuado, que esta debería ser efectuada a más tardar el día 09 de mayo del 2025, en atención al término de la personalidad jurídica que se informo en marzo y que sería el día 13 de mayo del 2025. |
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2025-04-28 11:00:00-04 | AL003AW1821098 | Sujeto Pasivo | Luis Ossandón | Que por este acto la directiva solicita la revocación del acto administrativo que les impone, para no tener que recurrir ante tribunales a presentar su caso. Que de parte de este Servicio, se les informa que la información de la constitución debe ser solicitada así como los demás antecedentes necesarios de acuerdo con las consideraciones que señalaron en la reunión de esta fecha, que eventualmente se efectuaría reunión para dar a conocer los resultados de su solicitud así como de los alcances del levantamiento efectuado, que esta debería ser efectuada a más tardar el día 09 de mayo del 2025, en atención al término de la personalidad jurídica que se informo en marzo y que sería el día 13 de mayo del 2025. |
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Sujeto Pasivo | Marcelo Liberona Salinas | |||||
Sujeto Pasivo | Luis Alviña | |||||
2025-04-21 10:00:00-04 | AL003AW1831902 | Sujeto Pasivo | Ramiro Muñoz Diaz | Resultados de solicitud de fiscalización Reunión Lobby 21 de abril del 2025 De acuerdo con Ley Lobby del 21 de abril del 2025, se procedió a efectuar reunión en dependencias de esta dirección regional, con la asistencia del Sr. Ramiro Muñoz Diaz, Rut 12.280.622-7 del Sindicato de Trabajadores N°1 de la Empresa MCM, la Directora Regional del Trabajo de Antofagasta, doña Margarita López Bustamante, la Coordinadora (s) de la unidad Inspectiva, doña Magaly Rojas y el Coordinador de atención de usuarios, don Claudio Cuello Páez, en la oportunidad don Ramiro Muñoz Diaz, requiere los resultados de su solicitud ingresada según expediente GESDOC E360650/2024 del 17/12/2024, cuya información de los resultados del proceso de fiscalización 0201/2025/297, fueron comentados por la directora y los coordinadores presentes en cuanto a señalar los alcances de su solicitud de revocar la jornada excepcional autorizada según resolución N°5285 del 20 de agosto del 2024. Respecto del informe de fiscalización del proceso inspectivo 021/2025/297, se acordó que será remitido al correo del dirigente sindical, del cual, se le requieren los datos de contacto para tales efectos y futuras convocatorias a las jornadas de capacitación que realiza este Servicio. |
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2025-03-10 10:00:00-03 | AL003AW1790342 | Sujeto Pasivo | Mauro Robles | Fernando Castillo, presidente y vocero de E-Trant, gremio del transporte público de Antofagasta que agrupa las líneas 119 y 121, requiere presentar nuestro gremio formalmente a la Directora Regional del Trabajo y darle a conocer nuestra modalidad de trabajo con los socios, operadoras de software y conductores. Se informa, y enfatiza que la acción fiscalizadora de la DT, se activa a través de las denuncias de los trabajadores, organizaciones sindicales y por programas de carácter regional y nacional , es así que ante un requerimiento los funcionarios público de las oficinas operativas no pueden negarse sino más bien iniciar el proceso de fiscalización, en cumplimiento a las instrucciones permanentes del Servicio, ahora bien si el resultado de la misma siempre puede ser impugnado por la parte que se sienta afectada, en la misma línea el área jurídica de este Servicio, está impedida de allanares, no presentarse o no contestar una demanda, y esperar la dictación de sentencia, con lo antes informado despeja la idea de un supuesto acoso institucional. Sin embargo, y ante la situación planteada la suscrita informa que la DT insta al dialogo social entre partes por lo cual nos encontramos disponibles para generar mesas de trabajo que la partes requieren y con aquellos contribuir a los acuerdo que suscriban en el ámbito laboral. Asisten a la audiencia los señores Nelson Seguel, Fernando Castillo y Mauro Robes. |
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2025-03-03 12:00:00-03 | AL003AW1779226 | Sujeto Pasivo | Tomás Ávalos | Negociación Colectiva Solicitante de la audiencia no se presenta a la Reunión. |
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2025-02-26 11:30:00-03 | AL003AW1778825 | Sujeto Pasivo | Mauro Robles | Fernando Castillo es presidente y vocero de E-Trant. gremio del transporte público, que agrupa las líneas 110, 119 y 121 de Antofagasta. Queremos presentarnos formalmente ante la directora y darle a conocer nuestra modalidad de trabajo con nuestros asociados, los choferes de nuestros microbuses. Desarrollo Audiencia No asisten los gestores de interés a la audiencia presencial fijada para esta fecha a las 11:30 a la DRT |
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2025-02-19 12:00:00-03 | AL003AW1757560 | Sujeto Pasivo | Luisa Gómez | La ley 20919 otorga al personal de atención primaria una bonificación por el retiro voluntario, esta indica que el promedio de 1 año de las remuneraciones imponibles serán usados para el calculo. En Antofagasta se considera imponible el sueldo base, complemento de zona y asignación atención primaria. El año pasado cuando se presenta el convenio al servicio de salud para postular al beneficio el servicio de salud rechaza la postulación por considerar que el complemento de zona no debe ser imponible. En Antofagasta desde el año 2000 esta asignación ha sido imponible, como ellos rechazan el convenio tenemos a nuestros compañeros sin poder irse. Desarrollo – acuerdos de reunión. en atención a reunión de lobby programada, informo que el día de hoy atendí a las Sras. Luisa Gómez Díaz y Teresa Faces Espinoza, ambas dirigentes de Confusam, quienes plantearon la situación que afectan a varios de sus asociados, por la discusión que existe entre dicha asociación y Servicio de Salud, por el exclusión de la asignación de zona en el bono de incentivo al retiro, debido a que Contraloría General de la República se eximió de conocer esta controversia al no corresponder a materia de su jurisdicción. Revisado el gesdoc, se verifica que la presentación fue derivada a la Sra. Juana del Carmen Vásquez, secretaria del departamento jurídico (según lo indica la búsqueda del correo electrónico), por lo que al parecer, esta solicitud aún no ha sido asignada a un abogado para su resolución. Las dirigentas me indicaron que están a la espera de este pronunciamiento debido a que varios de sus asociados requieren con urgencia acogerse al trámite de retiro, por lo que solicitan poder requerir al Departamento respectivo, alguna fecha aproximada de emisión del pronunciamiento solicitado. Es por ello que, me permito requerirle pueda contactarse con la unidad de dictámenes para solicitar alguna información, en particular el estado de dicha solicitud y fecha probable de respuesta. Finalmente debo señalar que las Sras. Gómez y Faces manifestaron su disponibilidad para aportar todos los antecedentes e información que se estimen necesarios, ya que consideran relevante ser escuchadas en su oportunidad por quien corresponda, unidad resolutora, atendida la complejidad de la materia, y conocimientos que tienen sobre la misma. |
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Sujeto Pasivo | XIMENA REYGADA | |||||
2025-01-31 11:00:00-03 | AL003AW1763940 | Sujeto Pasivo | Claudia Merino | Respuesta de recurso administrativo Respuesta de solicitud jornada excepcional Desarrollo: - En lo que respecta a la solicitud de jornada excepcional, se plantea que esta no estaría resulta y pendiente desde noviembre septiembre del 2024. - En lo que respecta a recursos administrativo de multa, se plantea que estarían cargadas sanciones a TGR y aun el recusos no está resultó por la IPT de Calama. Respuesta del Servicio. - Se informa que la resolución de jornada excepcional , fue emitida el 06.01.2025 y notificada por NNCC al correo electrónico indicado en al solicitud . - Respecto al recurso de reconsideración, se indica que se tomará contacto con la oficina de Calama, solicitando se le otorguen respuesta del estado en que se encuentran el recusos mencionado, comprometido que se tomará contacto vía correo electrónico con la información. La administrada deja su correo y número telefónico. |
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2025-01-20 10:00:00-03 | AL003AW1735413 | Sujeto Pasivo | María Cecilia Hernández Vera | En mi calidad de Decana y académica de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Geológicas de la Universidad Católica del Norte, Casa Central Antofagasta, expresar mi profunda preocupación por la falta de respuesta y acciones por parte de la administración pública respecto a una denuncia realizada bajo la Ley N°21.643 en mi contra. En concreto, se observa ausencia de un proceso claro y respuestas que clarifiquen lo denunciado. Desconozco el contenido de la denuncia, estado del proceso investigativo y aún no se ha requerido mi participación toda vez que las partes deben ser escuchadas. El desenlace está en manos de la autoridad administrativa, por tanto también la permanencia de una afectación y daño a mi imagen. Vengo a solicitar se comuniquen los contenidos de la denuncia y se de celeridad y/o cierre a un procedimiento investigativo que bien podría concluir sin fundamento o como una denuncia infundada. DESARROLLO: Audiencia cancelada a solicitud de la interesada, toda vez que por correo institucional se informa que proceso fue terminado y notificado a la entidad solicitante (UCN), con fecha 30/12/2024, Oficio Ordinario N° 201-47363/2024. |
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2025-01-17 10:00:00-03 | AL003AW1742844 | Sujeto Pasivo | Alejandro Lilis | - presentación de representantes Organización Sindical - resoluciones a solicitudes que involucran a organizaciones de nuestra organizacion Solicitantes Comparecen Sres. Alejandro Lilis y Guillermo Venegas, en calidad de voceros de la Unión Portuaria, quienes representan en puerto ATI a 7 de 8 Organizaciones Sindicales, indican que la reunión tiene por objeto presentarse y solicitara una ruta de trabajo colaborativa enfocada en las necesidades de su gremio en la región. Por otro lado, plantean su preocupación ante los rechazos de solicitudes de jornada excepcional. Desarrollo – acuerdos de reunión. Ante la presentación, se otorga un encuentra de la función pública que desarrollo la Dirección del Trabajo, enfatizado la labor fiscalizadora y de acompañamiento a los distintos actores del mundo laboral, especialmente a los trabajadores, es así que nuestro eje central es velara por el cumplimento e la normativa laboral. Por otro lado la facultad de emitir resoluciones de jornada excepcional fue otorgada por ley a los directores regionales, la cual se debe ajustar a normativa laboral y reglamentaria vigente, en tal contexto cualquier otra circunstancia debe ser abordada por la autoridad que le corresponda y en caso de rechazos las empresas pueden ejercer el derecho de interponer recurso administrativo fundado de acuerdo lo dispone la Ley 19880. Si informa que se revisaran todas las resoluciones existen a fin de verificar la aplicación de la norma y en caso que corresponda generar los cambios que correspondan este ajustados a normativa. |
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Sujeto Pasivo | Guillermo Venegas | |||||
2025-01-16 09:30:00-03 | AL003AW1748688 | Sujeto Pasivo | Luis Sáez | - Jornadas Laborales .- DESARROLLO Comparece Sra. Paulina Cruz en compañía de dos abogados de la empresa Minera Escondida, plantean dar a conocer las motivaciones que llevaron a la empresa y Sindicato a generar cláusula de acuerdo de jornada excepcional que fuera acompañad en las 4 solicitudes de fecha 29.08.2024. Acompañan carpeta don flujo de cláusula de contrato colectivo a través de los distintos procesos, junto a lo anterior se hace un análisis de la misma los abogados. Desarrollo – Acuerdos. Se informa que la instancia de lobby es ara escuchar planteamientos y aclara lo que en este caso la empresa quisiera exponer a través de sus representantes, más no una instancia de análisis -interpretación de cláusulas de un instrumento colectivo, por cuanto este Servicio no tiene dicha facultad, más bien se debe aplicar el tenor literal de las misma en nuestros diversos procesos, ya sea de fiscalización, conciliación y/o emitir resoluciones de diversas solicitudes, según corresponda. Se informa que todo acto administrativo con el que no se encuentren de acuerdo las partes, cualquiera de ellas podrá ser objeto de recuso de acuerdo lo dispone la Ley 19880. Se indica que en lo que respecta a jornadas excepcionales se revisaran como en derecho corresponda, la que se fundamentara en su decisión y será debidamente notificada. |
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Sujeto Pasivo | Paulina Cruz | |||||
Sujeto Pasivo | Paola Andrea Mardones Astete | |||||
2025-01-14 13:00:00-03 | AL003AW1743641 | Sujeto Pasivo | Lorena Zambra | Conversar y plantear la inquietud que sufre la pequeña minería en Taltal respecto de las jornadas excepcionales. La solicitante, se presenta y plantea representar a 3 empresas de la pequeña minería de la comuna de Taltal y que respecto de las necesidades de las empresas, están las jornadas excepcionales de 20X10 que no están siendo autorizadas por esta entidad en cuestión. El coordinador inspectivo Sr. Gonzalo Laprida, explica a la usuaria que de acuerdo a la orden de servicio N° 1388-16/2024, de mayo del 2024, donde la excepción máxima es una jornada 14X14 esto por esta normativa y la rebaja de horas de trabajo. La usuaria manifiesta entender lo expuesto por el coordinador y además indica tener impresa la orden de servicio indicada. |
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2025-01-14 11:00:00-03 | AL003AW1745512 | Sujeto Pasivo | Luis Sáez | _ Jornadas laborales.- Se cierra audiencia, por la no presentación de los solicitantes. |
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Sujeto Pasivo | Paulina Cruz | |||||
Sujeto Pasivo | Paola Andrea Mardones Astete | |||||
2025-01-07 10:00:00-03 | AL003AW1732694 | Sujeto Pasivo | Hellen Tabilo | Presentación Gerente de Personas, invitación a conocer las dependencias del terminal, presentación inquietudes laborales. Desarrollo de la Audiencia. Comparecen Sr. Cesar Pizarro, gerente de personas. Sr. Alex Muñoz, Gerente de operaciones Sra. Hellen Tabilo, gerente de sustentabilidad Los asistentes, plantean como temas de interés mantener una relación permanente con la Dirección regional del Trabajo, precisando que la empresa ATI la componen entre 550 trabajadores directos, 150 de contratistas y más 800 aprox. eventuales, asimismo, existen 9 organizaciones sindicales, de las cuales 2 de ellas cerraron procesos de NNCC anticipadamente, quedando 7 de ellas con las que esperar arribar a un proceso negocial sin mayor conflictividad. En otra línea plantean estar interesados en acceder medicaciones de carácter voluntaria en caso de ser necesario, dado que valoran la intervención del Servicio, como un tercero facilitador del dialogo. En materia de fiscalización manifiestan su preocupación por la demoran en procesos Ley Karin, y requieren conocer plazos para aplicar sanciones. Misma inquietud plantean en torno a rechazos de jornada excepciones que fueran solicitadas a esta Dirección Regional del Trabajo, indicando que ejercerán su derecho de reponer de tal resolución para lo cual se encuentran de plazo. Directora: Margarita López Bustamante. Se informa que la Dirección del Trabajo, es un organismo técnico que a través de sus distintos productos busca contribuir con el cumplimento de la legislación laboral y con las situaciones de eventual conflictividad que se pudiera presentar entre los actores laborales. Que la región de Antofagasta es una de que concentra una fuerza laboral de gran impacto para el país, por tanto, la laboral fiscalizadora es de relevancia, así como también toda instancia que permita el dialogo social como es la mediación voluntaria, de ahí que cada vez que se requiera se analizara nuestra intervención y la procedencia de la misma. En relación a los procesos de Ley Karin, se informan los plazos están definidos por legislación y reglamento, lo anterior implica que un proceso no está concluido hasta que se informa sus resultados y en tal contexto la obligación de sancionar (en caso de corresponder), el cese de medidas de resguardo y/o cualquier otra acción, deben esperar la notificación de la investigación, en razón al principio del debido proceso y celeridad. Por último, en torno al rechazo de solicitud de jornada excepcional, se precisa que cada resolución contiene fundamentos que dan cuanta de las motivaciones para no aprobar la solicitud, la que por cierto y de existir antecedentes a considerar siempre puede ser objeto de recursos administrativos que permitan evaluar los argumentos fundantes de acceder a una reposición o denegar la misma, por lo anterior quedamos a la espera de la eventual presentación. Por último, la autoridad de Servicio indica que hará llegar invitación para participar del CTRU. |
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Sujeto Pasivo | César Pizarro Vallejo | |||||
2024-12-10 10:00:00-03 | AL003AW1721474 | Sujeto Pasivo | ALFREDO ANDRADE FUENTES | Asuntos sindicales. DESARROLLO La reunión se sostiene con dos dirigentes, quienes exponen tener temática relativa a denuncia por eventual vulneración de DDFF relativa a cámaras, instaladas en vehículos e instalaciones, las que vulneran el derecho a la privacidad. Asimismo, exponen interés en ser parte del CTRU a partir del año 2025. Respuesta del Servicio: - La suscrita otorga indicaciones en cuanto al fondo y forma en que se deben iniciar las denuncias de DDFF, enfatizando que el plazo es de carácter público por lo cual debe dar inicio en el momento que lo determinen como organización, en las oficinas de Tocopilla que es la jurisdicción que le corresponde como oficina operativa en relación a la ubicación de la empresa. - En cuanto a la incorporación del CTRU, se informa que serán incorporados en la invitación de sesión de 2025, asimismo se le informa cual es la dinámica y objetivos de ser un consejero. |
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2024-12-02 16:00:00-03 | AL003AW1715275 | Sujeto Pasivo | Sandra Guzmán | FINIQUITO DE TRABAJADORA MIKAELA NAVARRO , DICE causal del artículo Art. 160 N° 3: no concurrencia a las labores, del Código del Trabajo. fue rechazado el finiquito porque la trabajadora estaba con licencia medica por stress laboral, y la ultima licencia no fue presentada por el empleador, Con fecha 30/05/2024, el ex Empleador PJ CHILE SPA, RUT 76.152.699-5, representado legalmente por don(ña) RAFAEL MONTES VIÑALS, RUT 13.252.501-3, ambos con domicilio en APOQUINDO 4615 OF 401 PS 4 S/N, comuna de LAS CONDES, REGION METROPOLITANA, correo electrónico francisco.lopezb@pjchile.com, en lo sucesivo "el ex Empleador(a)", otorgó una propuesta de finiquito de contrato de trabajo respecto de don(ña) MIKAELA RENATA ANASTASIA NAVARRO GUZMÁN, cédula de identidad N° 21.844.245-5, domiciliado en HUAMACHUCO, 10191, comuna de ANTOFAGASTA, REGION ANTOFAGASTA, correo electrónico mikaelarenataanastasia@gmail.com, en adelante "el ex Trabajador(a)". Conforme consta en la propuesta, el ex Trabajador(a) prestó servicios de forma dependiente al ex Empleador(a) desde el 12/04/2024 hasta el 24/05/2024, fecha esta última en que el contrato de trabajo habría terminado por aplicación de la causal del artículo Art. 160 N° 3: no concurrencia a las labores, del Código del Trabajo. Producto de la terminación del referido contrato de trabajo, el ex Empleador(a) propuso pagar al ex Trabajador(a) la suma neta final de $ 47.046 DESARROLLO DE LA REUNIÓN. Asiste represente , quien no acredita representación de la trabajadora por medio de instrumento que dé cuenta de estar autorizada para conocer antecedentes de gestiones relacionadas a denuncias y actuaciones de carácter personal que eventualmente mantenga este Servicio principalmente sobre base de protección d datos de personas , lo cual se explica y adicionalmente se otorgan directrices de carácter general en relación a las facultades y procesos asociados a la Dirección del Trabajo. |
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2024-11-28 12:00:00-03 | AL003AW1712940 | Sujeto Pasivo | Álvaro Le Blanc | PRESENTACION SINDICATO N3 DE MINERA ESCONDIDA Señalaron que concurrían para presentarse como directorio electo de un nuevo sindicato constituido en la empresa minera Escondida, registrando entre sus asociados una participación femenina mayoritaria, lo cual consideran muy relevante , manifestaron estar disponibles como directorio de una organización nueva, a los requerimientos y capacitaciones que el servicio considere necesario impartir, asimismo solicitan ser considerados en los cursos que se planifiquen en relación nuevas normas y procedimientos legales. Se les informa que son recibidos por el Director Subrogante y la coordinadora de RR.LL., a nombre de la Directora Regional de la oficina ,se les felicita por la constitución de su organización sindical, se les informa que como Institución se pone a disposición las asistencias técnicas y servicios que las normas señalan, que pueden efectuar los requerimientos en forma presencial a través de las unidades de Relaciones Laborales, quienes además mantienen comunicación permanente con los directores sindicales en forma presencial, sin perjuicio de los servicios que están disponibles mediante la plataforma WEB, mediante la atención remota, sin perjuicio de lo anterior pueden solicitar atención en la DRT si lo consideran mas apropiado |
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Sujeto Pasivo | Pablo Castillo | |||||
Sujeto Pasivo | PEDRO MARIN | |||||
Sujeto Pasivo | TAMARA ORREGO | |||||
Sujeto Pasivo | MARIBEL ROJAS | |||||
Sujeto Pasivo | NATHALIA V VERGARA | |||||
2024-11-18 10:00:00-03 | AL003AW1706427 | Sujeto Pasivo | Marcos López Pérez | DENUNCIA POR DESPIDO DE TRABAJADOR CON LICENCIA MEDICA Y PRACTICA ANTISINDICAL. Desarrollo: La suscrita, coordinadora jurídica y coordinador inspectivo, se reúnen con los dirigentes del sindicato N° 1 trabajadores de minera Escondida y asesor jurídico de la misma entidad sindical , para entregar información referida a proceso de fiscalización por el lamentable fallecimiento del trabajador que se encontraba con licencia medica y fue desvinculado de la empresa (Minera Escondida). Así mismo el sindicato se comprometió a remitir mas antecedentes en relacion a los trabajadores que se encontraran en la misma situación. - Igualmente se abordo, situaciones de eventuales practicas antisindicales en las que esta incurriendo el despido de trabajadores de esta organización sindical . Dirigentes manifiestan que esas practicas serán puestas en conocimientos del tribunal directamente por parte de la organización sindical mediante el ejercicio la correspondiente acción judicial. - Finalmente también se aborda la eventual evaluación de un proceso de derechos fundamental que podría iniciar el servicio, una ve que se recaben todos los antecedentes en la investigación que esta realizando la inspección del trabajo de Antofagasta. |
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Sujeto Pasivo | Patricio Tapia Laza | |||||
Sujeto Pasivo | Juan Rivas | |||||
2024-10-29 12:30:00-03 | AL003AW1694259 | Sujeto Pasivo | Alexis Barrera | Citación por presentación al congreso: - Evaluaciones de desempeño en las labores - Actualización del reglamento interno - Discriminación de genero con colegas que tienen problemas para hacer uso de su posnatal parental. -Citación por presentación al congreso: - Evaluaciones de desempeño en las labores - Actualización del reglamento interno - Discriminación de genero con colegas que tienen problemas para hacer uso de su posnatal parental. Efectuar presiones respecto a requerimiento de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, específicamente en lo que dice relación al pronunciamiento solicitado por la organización sindical, relativo al mecanismo de evaluación de desempeño de Minera Escondida, el que se encuentra pendiente de emisión por parte de la Dirección Nacional, y que resulta relevante para efectos de abordar eventuales denuncias por discriminación relacionadas con dicho instrumento. Igualmente se abordó resultado de fiscalización por incumplimientos a la ley 21.643 denunciados en su oportunidad. Desarrollo: La suscrita, coordinadora jurídica y coordinador inspectivo, se compromete a realizar gestiones pertinentes en Dirección Nacional para emisión del pronunciamiento, respecto de evaluación de desempeño para las eventuales denuncias y revisión de resultados de fiscalizaciones. |
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Sujeto Pasivo | David Olguin | |||||
Sujeto Pasivo | Cristian Moraga | |||||
2024-10-28 16:00:00-03 | AL003AW1690675 | Sujeto Pasivo | Carlos Calderón | Informe de fiscalización N°0201/2024/1516. Demora en la actuación de fiscalización (4 meses). Conclusión del Informe (Se cierra por parte de fiscalizadora por no haber recibido información solicitada a la empresa). La materia en cuestión no concluye satisfactoriamente (en informe se concluye que no puede dar respuesta a la materia por no haber recibido información de la empresa). Reapertura de fiscalización. El solicitante, expone tener dudas respecto del procedimiento de fiscalización N° 0201.2024.1516, en relacion al tiempo de ingreso y comunicación del termino del proceso, así como también plantea equívocos en la información obteniendo por la fiscalizadora, específicamente el centro de costo para el cual trabaja. Por ultimo expone disconformidad por el motivo que ocurre del proceso, esto es no contar con antecedentes y consecuencia de aquello no haber resulto la denunciada. Desarrollo: Se informa al solicitante, que el tiempo, forma e infracciones aplicadas al empleador, guardan estricto apego a las instrucciones del servicio, que si aun así tiene dudas que plantear y que entiende deben ser subsanadas por este servicio, corresponde que presente un recurso de revisión bajo la Ley 19880, a fin de que se proceda a revisar el contenido y formas de conclusión, lo que permitiría administrativamente dar certeza de la revisión y el resultado del mismo, a fin que pueda resolver otras situación en sede judicial dado la limitación de facultades de la DT. |
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2024-10-21 11:30:00-03 | AL003AW1685280 | Sujeto Pasivo | Camila Castillo | Obtención por parte de la empresa Westfire de autorización de Jornadas Excepcionales con infracción a la ley en sus declaraciones juradas Irregularidades en fiscalizaciones de la Inspección del Trabajo de Antofagasta. Los solicitantes, manifiestan requerir copias de 27 jornadas excepcionales a fin de conocer la declaración de la empresa en torno a la autorización de la organización sindical, por cuanto el sindicato no habría sido consultado por la empresa y estas solicitudes de igual forma fueron autorizadas por la DT. En la misma linea, se informa a la empresa al requerir jornada excepcional adjunta declaración de carácter jurada simple por lo cual es dicha declarante la que se hace cargo del contenido de la misma, en este caso la veracidad de los hechos declarados, no correspondiendo ser ponderados por el servicio al momento de emitir resolución, que dicha situación la pueden representar directamente, exponiendo la falta de acuerdo y eventual revocación Desarrollo: Se informa que la forma para obtener antecedentes por parte del servicio estos deberán requerirse a través de la Ley de transparencia, que para lo anterior deben ingresar a la plataforma con clave única y los mismos instrumentos que obran en esta repartición serán entregados con los resguardos legales que correspondan. |
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Sujeto Pasivo | Alejandro Adaro Avendaño |