Identificador |
MU266AW1854895 |
Fecha |
2025-06-03 09:00:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Ilustre Municipalidad de Rengo, Edificio Consistorial, 2° Piso, Av. José Bisquertt N°262, Rengo. |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Juan Adolfo Pereira Villanueva | Gestor de intereses | CARRAN S.A. | Juan Pereira Villanueva |
Lissette damaris Elgueta muñoz | Gestor de intereses | CARRAN S.A. | Lissette Elgueta Muñoz |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Inicio Proceso de Recepción Municipal obra Valles de Rengo III - Etapa 1<br /> ______________________________________<br /> [RESPECTO DE LA AUDIENCIA QUE FUE LLEVADA A CABO] Asisten Juan Pereira, Visitador de Obra; Lissette Elgueta, Administradora de obra; Gaspar Muñoz, profesional de obra de la Empresa Constructora Carrán. Solicitan que para proceso de recepción se acoja lo expresado en Circular DDU Minvu General N°508 del 24/10/2024, respecto del Plan de Emergencia Habitacional. Se incorpora a la audiencia el profesional de la DOM Nicolás Saavedra.<br /> DOM(S) responde a la EMPRESA Carrán que todo lo que la referida circular señale sobre facilidades para “ir revisando” de antemano el loteo y su etapa respectiva, se considerará. Se advierte acerca del tema de muros de contención, placas reforzadas de cierros perimetrales de los lotes y/o taludes en grandes desniveles. El profesional competente ingenieril que patrocina el proyecto debe hacerse responsable de los desniveles que surjan en la ejecución del proyecto y deben existir las soluciones ingenieriles respectivas, según las alturas de los desniveles. Se advierte acerca de canalización de canal enterrado de estar recepcionado por la Asociación de canalistas respectiva y/o Junta de Vigilancia del caso.<br /> Respecto del caso del tema de audiencia anterior (MU266AW1843848 del 16/5/2025) sobre construcción de vereda sur entre San Martín con Colo Colo por calle Egenau, se concluye tras investigación realizada por el funcionario Juan Sánchez inclusive en el CBBRR Rengo que la vereda que se desea ejecutar no cabe pues debe ser de 2,00 metros por cuanto las propiedades involucradas, sin perjuicio de tener cedida informalmente mayor franja hacia el uso de los transeúntes, se dan caso hasta de 1,8 metros de ancho en la que existen interrupciones de árboles inclusive para una vereda de 1,2 metros de ancho. Esta DOM(S) concluye que no es posible la ejecución en la franja consultada.<br /> [Sergio Eduardo Meza Concha / arquitecto, Director de Obras Municipales Subrogante / Rengo, 03 de Junio de 2025 a las 15:48 PM] |