Identificador |
BC003AW1896909 |
Fecha |
2025-08-19 15:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Consejo de Monumentos Nacionales |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Heidi Schmidlin | Gestor de intereses | Heidi Schmidlin Moore |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Consultar por la tutela que el Consejo de Patrimonio Nacional tiene, o no tiene, sobre la ex Estación San José de Maipo, del Ferrocarril Militar Puente Alto- El Volcán, sitio que fue declarado Monumento Histórico en diciembre 1991 (Ministerio de Educación) y asignado al Departamento de Cultura de la Municipalidad, como Centro Cultural único existente). Sin embargo, la municipalidad entregó el sitio al Departamento de Aseo y Ornato, quien lo convirtió en basurero/bodega de sobras y estacionamiento de camiones municipales, destruyendo gran parte de su entorno y la construcción de la Estación. Tras diversas solicitudes y presiones ciudadanas de devolución del sitio Histórico al departamento de Cultura municipal, la alcaldía inicio el mes pasado el proceso de remoción de basura. Pero esto ha sucedido muchas veces durante la década anterior, y solo han sido movimientos de una basura por otra. No se habilita un centro Cultural. Por ello, solicitamos al CMN que nos acompañe en el proceso de restitución del inmueble y sitio como Centro Cultural Comunal, hasta que esté efectivamente reconstruido y orientado a cultura, no a la basura. La Municipalidad ha recibido fondos GORE para financiar diversos diseños de reconstrucción, pero no se llegan a ejecutar. Hemos informado en innumerables ocasiones estos destrozos de nuestro bien histórico al CMN, por lo que quisiéramos revisar con la secretaría técnica la forma de su restitución.<br /> - La Sra. Schmidlin explica brevemente el historial de administración del monumento y que en la actualidad está a cargo de la Dirección de Aseo y Ornato del Municipio de San José de Maipo.<br /> <br /> o Transmite la situación de deterioro y descuido en que se encuentra el monumento, el que además no puede ser utilizado ni visitado por parte de la comunidad. Indica que cuenta con registros fotográficos que respaldan la situación descrita.<br /> o Señala que esta situación fue anteriormente planteada al CMN por medio de una reunión por Ley del Lobby y que no hubo cambios en al respecto.<br /> <br /> - El régimen autorizatorio y de protección sobre los MN es sin perjuicio de quien detente la propiedad. En este sentido, cabe señalar que:<br /> o Conforme al artículo 11º de la Ley N° 17.2888 de Monumentos Nacionales, los MH quedan bajo la supervigilancia del CMN, por lo que todo trabajo de conservación reparación o restauración de ellos está sujeto a su autorización previa.<br /> o Por su parte, el artículo 12º, señala que, si el Monumento Histórico fuere un inmueble propiedad particular, el propietario deberá conservarlo debidamente; no podrá destruirlo, transformarlo o repararlo, ni hacer en sus alrededores construcción alguna, sin haber obtenido previamente autorización del CMN.<br /> o El artículo 38º indica que el que causa el daño a un monumento nacional o afectare de cualquier modo su integridad será sancionado.<br /> - Complementariamente, la ST da cuenta de los antecedentes disponibles sobre solicitudes de intervención en el MH y su estado de tramitación:<br /> <br /> 1. En enero de 2019, el municipio de San José de Maipo, presentó un proyecto de rehabilitación de los edificios históricos del MH (maestranza y estación). Dicho proyecto fue autorizado con indicaciones por Ord. CMN N° 5077 del 03.12.2019 y se remitió la documentación timbrada por Ord. CMN N° 1410 del 22.04.2020.<br /> 2. En septiembre de 2019, se presentó el proyecto “Nuevo edificio Consistorial de San José de Maipo”, autorizado con indicaciones por Ord. CMN N° 4145 del 20.02.2021 y timbrados los antecedentes por Ord. CMN N° 2811 del 20.07.2022. <br /> 3. En abril de 2024 se ingresó solicitud para la aplicación de pintura en los edificios históricos. Puesto que el ingreso carecía de los antecedentes necesarios para evaluar la propuesta, y dado que se infería que existían intervenciones adicionales a la pintura, por Ord. CMN N° 2971 del 21.06.2024, se solicitó antecedentes adicionales.<br /> <br /> III. Acuerdos de la reunión:<br /> Se solicita y acuerda que la señora Schmidlin, remita los antecedentes que respaldan la situación expuesta, para con ello poder activar una gestión en relación al Monumento ante el municipio. Se indica que se solicitará reunión y se evaluarán los antecedentes del caso, para que el CMN adopte las medidas que corresponda. |