Identificador |
AY001AW1829306 |
Fecha |
2025-05-02 11:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Link https://meet.google.com/oto-chuu-vas?authuser=0 |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Ricardo Canales | Gestor de intereses | RICARDO ANDRES CANALES ALVAREZ |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
El señor Ricardo Canales solicita se muestren en la página web del INAPI solo los datos de la Persona Jurídica titular de una marca y no los de su representante, a lo menos su nombre si él lo solicita. Expone que ha solicitado audiencia pues ha notado que en la página web de INAPI hay personas jurídicas que muestran como representante a otra persona jurídica y en el caso del solicitante de la solicitud 1611889, él no pudo conseguir que la misma persona jurídica quedara representándose a sí misma y tuvo que ponerse a él mismo. Alega que esto le perjudica pues no desea aparecer en el buscador. <br /> Se le explica que las personas jurídicas tienen capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, pero siempre deben actuar a través de sus representantes, y que el INAPI siempre exige que se nombre como representante a lo menos a una persona natural pues debe acceder con su clave única para efectos de ser notificada por medio electrónico, y porque así lo exige la ley y su reglamento y la Res Ex 138. Y las personas jurídicas no tienen clave única. <br /> Se le aclara también que la información del representante legal de una sociedad, en general, es pública y puede ser consultada a través de diferentes medios. Que el mismo Servicio de Impuestos Internos (SII) permite verificar la información del representante legal de una empresa al ingresar al sitio web con el RUT y clave de la empresa. También se puede solicitar un certificado de vigencia de poder en el Registro de Comercio, ya que es una información pública. Se le explica que la regla general, en este Instituto, es la publicidad de los datos y que si una persona jurídica nombra representante a un estudio jurídico y además a un abogado del estudio puede quedar en primer lugar el estudio, pero eso no significa que no haya nombrado a lo menos a una persona natural, pues eso nunca puede faltar. <br /> Se le explica que, presentando un escrito, puede cambiar el representante en cualquier momento otorgando un poder a un estudio y a un abogado del estudio y el INAPI lo tendrá presente y esos datos se migrarán a la web en 24 horas desde la notificación de la resolución.<br /> Accede a hacer esto último pero igual hace presente que opina que INAPI debiera considerar no mostrar en la web al representante legal de las personas jurídicas, siendo suficiente, desde el punto de vista legal, con que se mencione a la persona jurídica en los datos públicos, y sólo se publique el representante en caso de designarse uno que no sea el representante inherente a ser una persona jurídica.<br /> Se le responde que se analizará su propuesta pero se le hace presente que ello implicaría cambiar la práctica que se aplica a la generalidad de los casos, por lo que podría tomar mucho tiempo ese análisis. |