Identificador |
AU003AW2112133 |
Fecha |
2026-03-20 10:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
meet.google.com/uwr-ftxk-kgf |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Armando Araya Ortiz | Gestor de intereses | Aspromin SpA | |
| Felipe Curia | Gestor de intereses | Aspromin SpA | |
| Anita Araya | Gestor de intereses | Aspromin SpA | |
| Armando Esteban Araya Contreras | Gestor de intereses | Aspromin SpA |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
La reunión contó con la participación del Jefe de la Oficina de Control de Litio, Sr. Mauricio Maureira V., y la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica (S), Sra. Camila José Marambio. El encuentro tuvo como propósito principal la presentación, por parte de la empresa de su proyecto de litio ubicado en el sector denominado Quillagua Este, en la Región de Antofagasta.<br /> <br /> Durante la instancia, la empresa señaló que la tramitación de su Contrato Especial de Operación de Litio (CEOL) ya se encuentra aprobada por el Ministerio de Minería a través del D.S. N° 5 de 2026, documento que actualmente está en trámite de toma de razón en la Contraloría General de la República (CGR). En este contexto, consultaron respecto a qué documentación específica deben presentar para tramitar la autorización previa prevista en el artículo 8 de la Ley N° 16.319.<br /> Por su parte, los representantes de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) indicaron que dicha autorización se encuentra radicada en el Consejo Directivo de la institución. Asimismo, se les señalo que la solicitud formal debe establecer claramente la etapa en la que se encuentra el proyecto y ser explícita en su requerimiento, adjuntando la documentación que acredite lo solicitado. Finalmente, se precisó que cualquier pronunciamiento emitido por la CCHEN quedará condicionado al CEOL. |