Identificador |
AP007AW1319654 |
Fecha |
2023-05-03 11:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Videoconferencia |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Hector Navarrete | Gestor de intereses | Sociedad Consorcio para la Reconstrucción de la Villa Portales Fernández Wood Sagunto | Sociedad Consorcio para la Reconstrucción de la Villa Portales Fernández Wood Sagunto Limitada |
Juan Navarrete | Gestor de intereses | Sociedad Consorcio para la Reconstrucción de la Villa Portales Fernández Wood Sagunto | Sociedad Consorcio para la Reconstrucción de la Villa Portales Fernández Wood Sagunto Limitada |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Actores Institucionales<br /> FERNANDO BRAVO<br /> JACQUELINE ENCINA<br /> PAULINA ROJAS<br /> NOELLE BENITO<br /> <br /> Actores Externos <br /> HECTOR NAVARRETE<br /> JUAN ANDRES NAVARRETE<br /> <br /> Reunión es solicitada por Oficio CGR y tratar de cerrar la liquidación de Villa Portales, dado que el proyecto se viene arrastrando desde 2013 y la quiebra empresa desde 2017. <br /> <br /> A pesar de ser contrato entre Municipio y empresa, la idea es que Serviu le pagué a la empresa. Se deben solicitar los recursos y sancionar por resolución. Falta aclarar algunas cosas como las multas provocadas en obra que ascienden a $526 millones app. Esto está en los informes del municipio y se debiesen descontar del total de pago. <br /> No está clara la figura de pago aún, sería el total pendiente menos las multas. En 2019 se definió la multa y habría que reajustarla al momento que se pague. <br /> <br /> Se estima que, entre solicitar los recursos, estos lleguen a Serviu y, posteriormente se sancione el acto administrativo correspondiente, el trámite estaría listo en el último trimestre del año. <br /> <br /> Primero se debe liquidar el monto, se debe establecer reajuste del monto y multa. Se solicita a la empresa poder enviar los montos que ellos consideran para hacer el cruce con nuestros cálculos. <br /> Segundo, se solicita a la empresa enviar los antecedentes correspondientes para poder finiquitar administrativamente por no ser un contrato nuestro.<br /> <br /> La empresa indica que ellos tienen un calculo de liquidación, ya se envío a Paulina Rojas. Aplica Art. 90 del 236. Barrios indica que no hay diferencias por la aplicación de este artículo, solo dependerá de la UF del día que le paguemos a la empresa. Lo que no está claro son los descuentos de multas. <br /> <br /> Empresa hizo llegar monto de liquidación al municipio en 2019 con descuento de multas, por tanto, los montos remitidos por empresa, son netos y ya incluyen los descuento de multas. <br /> Empresa enviará minuta con todos los antecedentes que señalen tal descuento para revisión de Serviu. <br /> <br /> Asimismo, la empresa solicita a Serviu que el proceso sea lo más simple posible desde el punto de vista jurídico. <br /> <br /> Subdirector Jurídico establece que, con el pago, los recursos quedan en resguardo en caso de que el Municipio solicite reembolso a Serviu, no implica nada contractual con la empresa. <br /> <br /> Por último, la empresa pide poder darle la mayor celeridad al trámite para la obtención de los recursos. |