Identificador |
AO042AW2039999 |
Fecha |
2026-01-19 15:30:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Q2hhY2FidWNvIDY4MSBlZGlmaWNpbyBEb24gRWzDrWFzIDNlciBwaXNvIHNhbGEgVkMsIFNFUkVNSSBkZSBTYWx1ZCBBdGFjYW1hLg== |
Duración |
2 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| MAURICIO JOSE HIDALGO ROJAS | Gestor de intereses | Mauricio Hidalgo Rojas | |
| GIANNINA ELENA NOLI ARAYA | Gestor de intereses | Giannina Noli Araya | |
| Pilar Andrea Araya Gonzàlez | Gestor de intereses | Pilar Araya González | |
| Yesenia López López | Gestor de intereses | Yesenia López López | |
| Leslia Escobar | Gestor de intereses | Leslia Escobar Palacio | |
| Jormary Ramirez | Gestor de intereses | Jormary Ramirez Peña |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Quiero solicitar una reunión para poder aclarar dudas acerca del procedimiento que tienen, Seremi de Salud con el Municipio de Copiapó y municipios en general, para los casos de mordeduras de perros con y sin dueño en la comuna de Copiapó. Para nosotros es importante saber de los protocolos y atribuciones que tiene cada organismo por si mismo y en conjunto para abarcar estos casos que entendemos están ligados al seguimiento y control de la rabia y que muchas veces tienen un actuar en conjunto, de acuerdo a las atribuciones de cada uno en este tema. Además nos interesa saber del programa de pesquisa de rabia en caninos en la región de Atacama, en que consiste, que clínicas estarían consideradas como centro centinela, entre otra información importante acerca de como se lleva a cabo este programa, muestras tomadas en el presente año, etc.<br /> Solución/ Propuesta:<br /> Se presentó el programa de vigilancia, prevención y control de la rabia por parte de Carla Barrientos Iribarren, encargada nacional de vigilancia de mordedores, consistente con los procedimientos establecidos por la SEREMI de Salud, indicándose los lineamientos generales para su desarrollo, conforme a lo dispuesto en la normativa chilena vigente. Luego, la encargada regional del programa, Alejandra Maturana, presentó datos asociados a la Región de Atacama.<br /> <br /> Finalizada la presentación, se otorgó un espacio de consultas y comentarios, el cual se desarrolló de manera ordenada, con la intervención de representantes de las distintas organizaciones asistentes. <br /> Se expusieron antecedentes relativos de casos ocurridos con anterioridad en la región, uno de ellos ocurrido el año pasado, reportado por la presidenta de la ONG “peluditos de Atacama”, Yesenia López. Los representantes refieren que existirían observaciones negativas respecto de la aplicación de los protocolos sanitarios asociados a mordeduras de animales, particularmente en lo referido a los plazos de seguimiento, condiciones de vigilancia y a la determinación de medidas de seguridad ejercidas.<br /> <br /> Representantes de organizaciones de protección animal manifestaron inquietudes en relación con la coordinación entre la SEREMI local y la municipalidad ante este tipo de situaciones, así como la interpretación y aplicación del Reglamento de Rabia, Ley N° 21.020 Sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía y sus normativas. Se planteó la necesidad de fortalecer los mecanismos de comunicación, clarificar los roles y competencias de las instituciones involucradas por parte del municipio, en vista de las inquietudes planteadas de Pilar Araya, especialmente en aquellos casos en que los animales no cuentan con un tutor identificado al momento de la denuncia, o aquellos animales que son hallados en la vía pública.<br /> <br /> Por su parte, la expositora señaló que las denuncias por mordedura son efectuadas por la persona afectada y formalizadas mediante la notificación correspondiente por parte del centro de salud que atendió dicha mordedura, precisando que los procedimientos se ejecutan conforme a lo establecido en la normativa y a los protocolos vigentes, de manera estandarizada a nivel nacional, considerando como prioridad el resguardo de la salud pública. Además, se indicó que la aplicación del protocolo se encuentra sujeta a procesos de seguimiento y auditoría interna por parte de las instituciones, orientando a la identificación de eventuales brechas y a la retroalimentación técnica de las unidades en terreno, con el objetivo de mejorar la aplicación de los protocolos establecidos.<br /> <br /> Se expusieron criterios generales relativos al retiro de animales de la vía pública, a las condiciones de observación sanitaria y a la eventual coordinación con los municipios para la implementación de dichas medidas, considerando las capacidades operativas disponibles, respecto a la cantidad de casos reportados y los recursos dispuestos basado en la Ley de presupuesto aprobada por el poder legislativo del Estado.<br /> <br /> Los asistentes manifestaron observaciones respecto de la disponibilidad de infraestructura y recursos municipales para la vigilancia de animales mordedores y se reforzó el conocimiento de la normativa aplicable; por parte de los representantes se hizo alusión a la necesidad de promover campañas de vacunación antirrábica en distintas comunas de la región. Al respecto, la encargada regional entregó datos sobre las campañas desarrolladas en períodos anteriores y hubo compromiso de realizar una mayor difusión de estas actividades. Además, la Carla Barrientos hace hincapié sobre la importancia de conocer los roles de cada organismo del Estado, haciendo énfasis en que el Ministerio de Salud tiene como foco la salud de las personas y no de los animales.<br /> <br /> Se consulto por la difusión a la comunidad referente a las actividades realizadas por la Seremi de Salud referente a prevención y educación orientadas a la comunidad, a lo cual se informó que todas las actividades realizadas por la institución se dan a conocer a la comunidad principalmente por las redes sociales oficiales de la Seremi de Salud a los medios de comunicación.<br /> <br /> Posteriormente, la representante de SUBDERE, Florencia Trujillo, señaló que el Reglamento de Rabia, correspondiente al artículo 17 del Decreto N° 1 del año 2014 del Ministerio de Salud, es la facultad sanitaria en casos de mordedura de animales sin tutor identificado. Asimismo, se refuerza su aplicación junto a la Ley N° 21.020, Decreto 1007 y a su normativa complementaria, destacándose la necesidad de fortalecer procedimientos y ejecución de protocolos de manera armónica, conforme a las competencias de cada institución.<br /> <br /> Acuerdos:<br /> - Contar con un mecanismo de coordinación y comunicación formal con las organizaciones de protección animal de la región, mediante la designación de un representante de dichas organizaciones que permita el acceso a información, nuevos reportes y facilitar la gestión de casos similares en un futuro. <br /> <br /> Para finalizar, se dejó constancia de la disposición de las partes a continuar el diálogo y a realizar nuevas instancias de reunión en caso de ser necesario, con el fin de abordar consultas concretas y fortalecer la comprensión de la normativa vigente. |