Audiencias - Año 2025 - Claudia López

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-09-11 15:00:00-03 AO005AW1934948 Sujeto Pasivo Felipe Fleiderman F. Fleiderman explica cuál es el contexto de su solicitud, requiere saber los marcos regulatorios para realizar estudios preclínicos en animales pequeños, como ratones y cerdos. Ellos pertenecen a Centro de Entrenamiento MQ SpA que otorga formación continua en práctica quirúrgica mediante el uso de tejidos biológicos importados desde USA. Sin embargo, esta actividad se ha visto afectada por la suspensión de la autorización de importación de tejidos biológicos, y que no reciben donaciones de este material.

F. Morales indica que realizó la consulta al SAG sin mayores resultados. SAG sólo regula el ingreso de animales desde el exterior y sugirieron consultar al ISP. La idea de Centro de Entrenamiento MQ SpA es realizar estudios preclínicos de medicamentos de uso odontológico, se ha avanzado en estudios in vitro e in vivo para pastas y colutorios que ayuden en la reparación de dientes y encías. Los modelos a usar serían ratas y cerdos pequeños.

M. Mezzano les explica que el único marco legal vigente es la Ley n° 20.380 de Protección Animal, es general, menciona el Título 4° de los experimentos con animales y que se está elaborando el reglamento específico para el uso de animales de laboratorio. En él se menciona que el uso de animales de laboratorio requiere de personal capacitado e instalaciones adecuadas, conceptos muy generales. También se publicó recientemente una Guía por parte de ANID que abarca toda aquella normativa internacional relativa al uso y cuidado de animales de experimentación. Dentro de los aspectos a regular es que exista en cada organización un Comité Institucional de Cuidado Animal (CICUA). Por otro lado, existe una reciente normativa que podría aplicar, la pueden revisar, son los requisitos para Laboratorios productores de vacunas que poseen bioterio. Este documento surgió por motivo de la posible venida de la empresa SINOVAC a producir vacunas en Antofagasta.

F. Fleiderman explica que ellos son una entidad privada. M. Mezzano explica que deberán tener su propio CICUA compuesto por médico veterinario con experiencia en animales de laboratorio, un investigador experto en animales de laboratorio y uno sin experiencia en animales de laboratorio más personas del área humanista o de la comunidad.

F. Morales indica que, de acuerdo a los antecedentes presentados, se puede concluir que en la actualidad se puede generar un laboratorio de estudios preclínicos sin mayores dificultades, sin mayores trámites para su implementación porque no hay entidades que regulen este tipo de actividad. Claudia y Marcelo concuerdan con esta apreciación

M. Mezzano indica que recién se regulará en parte cuando exista el reglamento, tampoco se conoce quién será en ente fiscalizador de este.

F. Morales indica que la validez de los resultados de este laboratorio debe ser sometida a alguna acreditación como AAALAC o GLP.

C. López indica que ellos deben decidir en su momento, qué normativas desean seguir y qué acreditaciones, que demuestren conformidad en el cuidado animal, reproducibilidad de resultados, etc. El Instituto no posee dentro de sus funciones legales certificar, acreditar, fiscalizar la instalación y funcionamiento de bioterios. Su rol es de referencia por la tradición que ha tenido en la producción de animales de laboratorio. El SAG tampoco realizar esta labor.


F. Fleiderman indica que podría ocurrir que una vez implementado el laboratorio el próximo reglamento solicite aspectos que no se hayan considerado en el proyecto. M. Mezzano indica que si se basan en la Guía ANID esto es poco probable ya que el reglamento es muy parecido a este lineamiento.

C. López indica que cuando trabajen en el proyecto pueden canalizar dudas por esta vía.

Por parte del ISP, se genera el compromiso de enviar la reglamentación y documentación mencionada en esta acta.
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Sujeto Pasivo Felipe Morales
Sujeto Pasivo Juan Carlos López Navarro