Identificador |
AM006AW2015024 |
Fecha |
2025-12-03 09:30:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Q29uZmlybWFyIHBvciBjb3JyZW8gZWxlY3Ryb25pY28sIGVudmlhbmRvIGxpbmsgZGUgY29uZXhpw7NuIGRlIGxhIHZpZGVjb25mZXJlbmNpYSBhbCBjb3JyZW8gZmFiaW9sYS5waXphcnJvQG1vcC5nb3YuY2wgY29uIGNvcGlhIGEgY2VjaWxpYS5sZWFsIA== |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| FELIPE NEGRETA SUAREZ | Gestor de intereses | Transmisora del Pacífico S.A. | |
| GONZALO JAVIER MONTSERRAT MICHELINI | Gestor de intereses | Transmisora del Pacífico S.A. | |
| Vanesa Lobos | Gestor de intereses | masisa | Transmisora del Pacífico S.A. |
| CARLOS varela | Gestor de intereses | Transmisora del Pacífico S.A. |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Antecedentes y consideraciones sobre solicitudes de modificación de cauce, con el objeto de aclarar información y contextualizar el Proyecto dentro del cual se enmarca la solicitud de expediente VP-1003-716, VP-1003-717, VP-1003-719, VP-1003-720, VP-1003-721, VP-1003-722, VP-1003-723, VP-1003-724, VP-1003-725, VP-1003-726, VP-1003-727, VP-1003-728, VP-1003-729, VP-1003-730, VP-1003-731, VP-1003-732, VP-1003-733, VP-1003-734, VP-1003-735, VP-1003-736, VP-1003-738, VP-1003-738, VP-1003-739, VP-1003-740, VP-1003-741, VP-1003-742, VP-1003-743, VP-1003-744, VP-1003-745, VP-1003-746, VP-1003-747, VP-1003-748.<br /> <br /> Se efectúa audiencia de lobby por videoconferencia con la asistencia de los solicitantes y por parte de la DGA, la Directora regional y el abogado de la Unidad de Administración de recursos hidricos, Jorge Leon, para revisar la resolución en el cual se denego una solicitud de una Modificación de Cauce. La resolución que denegó se fundo en que los puntos señalados en la carta conductora son distintos a los publicados, por lo cual infringe la normativa, debiéndose denegar. Los solicitantes indican que, el punto indicado en el formulario de la Memoria coincide con la publicada, sin embargo se le indica que, primero, la Directora y el servicio no tiene como adivinar la coordenada correcta, además la solicitud presentada que se adjunta indica un punto y la publicada es otra, por lo cual, los terceros que se pudieran oponer, no cuentan con la información correcta, vulnerando la norma que regula este aspecto. Se indica que tienen dos caminos, una es presentar un recurso y el otro, es presentar nuevamente la solicitud correctamente. |