Carla Peña - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-10-28 10:00:00-03 AK002AW1994246 Sujeto Pasivo Karina Díaz Tramitación de la posesión efectiva 226-2025 en comuna y ciudad de Panguipulli. Fecha 27.10.2025

Señora Carla Peña
Directora Regional (S)
Servicio de Registro Civil e Identificación
Región de Los Ríos
Presente
Ref.: Desistimiento de audiencia de lobby – Folio AK002AW1994246
Estimada señora:
Por medio de la presente, yo, Karina Díaz Hoffstetter, RUT 16.579.379-K, comunico
formalmente mi decisión de desistirme de la audiencia de lobby solicitada bajo el folio
AK002AW1994246, agendada con usted en su calidad de Directora Regional (S) del
Servicio de Registro Civil e Identificación en la Región de Los Ríos.
Agradezco la disposición institucional para atender dicha solicitud, y dejo constancia
de que este desistimiento obedece a razones personales que hacen innecesaria la
realización de la audiencia en cuestión.
Sin otro particular, saluda atentamente,
Karina Díaz Hoffstetter
RUT 16.579.379-K
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2024-10-10 10:00:00-03 AK002AW1677189 Sujeto Pasivo Lorena Francisca Recabarren Silva Colaborar con la comprensión de la situación registral de la señora María Inés Caorsi Saelzer, quien el día de ayer se acercó a realizar un trámite al SRC en Valdivia y no pudo realizarlo por confusión en sus datos.
1. Doña María Inés posee, actualmente, un RUT chileno y un número de pasaporte chileno, pero ambos documentos se encuentran vencidos y no ha podido renovarlos, porque ya no posee la nacionalidad chilena.
2. Lo anterior, se debe a que en 2016, cuando residía en Alemania (más de 40 años), postuló a la nacionalidad de dicho país. La normativa alemana vigente en ese momento le exigía renunciar a su nacionalidad chilena, y por tanto realizó ese trámite en el respectivo consulado.
3. De acuerdo a nuestra Constitución Política, una de las causales de pérdida de nacionalidad es la "renuncia voluntaria". En el caso de doña María Inés, efectivamente ella renunció a la nacionalidad chilena, pero lo hizo "obligada", ya que la ley alemana se lo exigía. Sin embargo, igualmente se le registró la "pérdida de nacionalidad" chilena.
4. También de conformidad con nuestra Constitución, en caso de pérdida de nacionalidad por la causal antes dicha, ésta sólo puede ser rehabilitada por una ley (el 30 de julio se hizo ingreso de un proyecto de ley en este sentido, a través del Senado, Boletín Nº17.002-17).
5. En el intertanto, y a efectos de poder residir en Chile y no estar de manera irregular, María Inés solicitó una visa de residencia temporal, amparada en la reunificación familiar, la que fue otorgada hace un mes aproximadamente. De ahí que haya debido acudir al Registro Civil a solicitar su nueva cédula de identidad como extranjera.
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Sujeto Pasivo Miguel Romero Früh